Llevar el Registro de Sentencias condenatorias, previsto en la Ley N° 8851.
Organizar el Registro de Sentencias y su publicidad.
Controlar y conservar la documentación del Registro.
Fuente:
La información que se brinda en esta página es proporcionada por la Dirección General de Recursos Humanos y la Dirección General de Organización y Métodos.