Efectuar el registro de publicidad del estado de hecho de las cosas inmuebles, en relación con el derecho de propiedad emergente de los títulos involucrados o de la posesión ejercida y constituir el registro de publicidad del estado valuatorio como base del sistema impositivo inmobiliario, a fin de obtener una reunión sistematizada y actualizada de información de la totalidad de las parcelas del territorio provincial.
DIRECCION GENERAL DE CATASTRO
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A CARGO DE:
NAVARRO MIGUEZ, ALEJANDRO FELIX — DIRECTOR -
UBICACIÓN:
Av. Benjamín Araoz 96 -
TELÉFONOS:
0381 - 4212832 - 4217399 -
E-MAIL:
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SITIO OFICIAL:
MISIÓN
FUNCIONES
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- Las establecidas por el Decreto Ley Nº 99/158 consolidado y Ley Nº 5380.
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- Dar a publicidad el Estado Parcelario: Geométrico, Dominial y de Valuación de los inmuebles que componen el territorio de la Provincia.
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- Integrar equipos de planificación para regular el desarrollo de áreas urbanas y rurales.
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- Confeccionar la cartografía básica de toda la Provincia con el objeto de obtener la localización real de los inmuebles, fijar sus dimensiones lineales y superficiales, su naturaleza intrínseca y su vinculación con puntos geo-topográficos.
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- Diseñar y ejecutar redes de triangulación, poligonaciones, mapeos fotogramétricos y todo trabajo geodésico – topográfico, a fin de armonizar la realización de sus objetivos con los establecidos por la Ley de la Carta (Ley Nacional Nº 12696).
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- Intervenir en todas las operaciones de mensura que se realicen en la Provincia, sean estas judiciales, administrativas o particulares, otorgando su aprobación, sin perjuicio de la responsabilidad de los profesionales habilitados intervinientes.
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- Aprobar los planos de loteo y división dentro de su competencia.
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- Aprobar los planos de subdivisión de propiedades a afectar al Régimen de las Leyes Nacionales Nº 13512 y Nº 19723 (Propiedad Horizontal y de Pre-Horizontalidad), y sus disposiciones reglamentarias.
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- Suministrar la información correspondiente a toda modificación parcelaria a la Dirección General de Rentas de la Provincia, para la elaboración del Padrón Inmobiliario Anual.
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- Coordinar con el Registro Inmobiliario sobre la mejor forma de mantener la actualización permanente del dominio parcelario.
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- Producir informes sobre el estado parcelario a solicitud de cualquier repartición nacional, provincial o municipal, o también de particulares.
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- Realizar tasaciones especiales referidas a bienes inmuebles a solicitud de cualquier repartición nacional, provincial o municipal.
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- Mantener permanentemente actualizado el relevamiento completo de los inmuebles de dominio público y privado del Estado Provincial.
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- Determinar la situación jurídica de los inmuebles fiscales.
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- Entender en el saneamiento integral de los títulos de propiedad del Estado Provincial.
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- Entender en materia de ubicación, situación dominial, antecedentes catastrales, medidas y linderos.
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- Intervenir en la afectación de uso de los inmuebles fiscales.
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- Entender en la elaboración de toda la documentación para materializar, en su caso, la transferencia de dominio, posesión, tenencia, locación, concesión, uso o usufructo por cualquier título de los inmuebles de propiedad fiscal, de conformidad a las instrucciones que a tal fin imparta el Poder Ejecutivo.
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- Controlar, articuladamente con la Dirección del Registro Inmobiliario, que los cargos o condiciones impuestos a los beneficiarios de donaciones o ventas se cumplan en los plazos previstos, evitando la prescripción de la acción decenal y remitiendo las actuaciones a Fiscalía de Estado en tiempo oportuno, en caso de ser necesario el inicio de la demanda judicial.
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- Estudiar la situación ocupacional, títulos y /o documentación de los inmuebles fiscales ocupados por terceros.
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- Entender en la regularización de las donaciones de inmuebles con el objeto de que se incorporen formalmente al patrimonio del Estado Provincial.
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- Coordinar su acción con los organismos provinciales, municipales y comunales y recabar toda información necesaria y disponible en las áreas pertinentes.
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- Asesorar a las autoridades del Poder Ejecutivo sobre los inmuebles a expropiar, y /o sobre la necesidad o conveniencia de desistir de algunas expropiaciones.
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- Verificar convenientemente la tramitación de los juicios de expropiación.
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- Entender en todo lo concerniente a las altas y bajas de los inmuebles de propiedad del Estado Provincial.
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- Intervenir como miembro de la Comisión de Tasaciones para la determinación de las indemnizaciones por expropiación.
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- Cumplir y hacer cumplir las disposiciones de la Ley Convenio Nº 7.263 consolidada, respecto de la articulación con el Colegio de Agrimensores de Tucumán.
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- Continuar las funciones del Ex-Comité Ejecutivo para el Saneamiento Económico de la Provincia en materia de inmuebles, hasta la total liquidación de las cuestiones pendientes.
Fuente:
La información que se brinda en esta página es proporcionada por la Dirección General de Recursos Humanos y la Dirección General de Organización y Métodos.