Entender en la aplicación de normas legales vigentes sobre Medicina del Trabajo, en el ámbito de la Administración Pública Provincial, con la finalidad de disminuir el ausentismo por razones de salud, mejorando la calidad y eficiencia de los servicios brindados por los agentes Provinciales.
9bis) Entender en la determinación del tipo de tareas que puedan desarrollar las personas con discapacidad, por aplicación de las disposiciones del Art. 10º de la Ley Nº 6830 Consolidada.