Supervisar las actividades referidas a la fiscalización y al control de gestión en el ámbito de su competencia.
1. Asistir al Ministro de Interior en los asuntos de su competencia, de acuerdo a lo establecido en la Ley de Ministerios.
2. Entender en la supervisión de los Planes Nacionales y Provinciales aplicados en los casos que correspondiera en el ámbito de competencia.
3. Efectuar el seguimiento de las aplicaciones de la asistencia financiera otorgada a los Municipios adheridos a pactos o convenios e informar a la Superioridad respecto de su ejecución.
4. Entender en la verificación de objetivos, metas y resultados de los programas y proyectos ejecutados o en fase de ejecución.
5. Controlar y garantizar que la forma y ejecución de los planes, programas, proyectos, convenios y actividades que se celebren con los Municipios y Comunas Rurales, se lleven a cabo con la debida eficiencia y eficacia, conforme las previsiones y estimaciones previstas en su formulación.
6. Dictar y aplicar normas de control de gestión, en el ámbito de su competencia.
7. Proponer a la Superioridad la realización de auditorías financieras, de legalidad, de gestión o de otro tipo.
8. Poner en conocimiento de la Superioridad los actos que hubiesen acarreado o que puedan acarrear significativos perjuicios para el patrimonio del Estado.
9. Proponer estrategias y acciones para el cumplimiento de los planes de control de la gestión de los Municipios y Comunas Rurales, que correspondan
10. Entender en el diagnóstico, formulación, ejecución y evaluación ex ante de planes, programas y proyectos internacionales, nacionales y provinciales, con aplicación en Municipios y Comunas Rurales.