Ejercer la competencia y jurisdicción administrativa en la Provincia de Tucumán en materia del trabajo en todas sus formas, implementando acciones orientadas a controlar el accionar del mercado laboral y promover el trabajo migrante
SECRETARÍA DE ESTADO DE TRABAJO
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A CARGO DE:
GALVÁN, ANDRES CEFERINO — SECRETARIO DE ESTADO -
UBICACIÓN:
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TELÉFONOS:
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E-MAIL:
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SITIO OFICIAL:
MISIÓN
FUNCIONES
- Asistir a la Superioridad en los asuntos de su competencia, según lo establecido en la Ley de Ministerios.
- Ejercer las facultades de autoridad de aplicación según lo establece la normativa legal vigente en materia laboral en el ámbito del estado provincial.
- Intervenir en el tratamiento de los conflictos individuales y colectivos de trabajo, ejerciendo facultades de conciliación, mediación y arbitraje, con arreglo a la normativa legal vigente.
- Aplicar sanciones por inobservancia de las disposiciones que regulan el trabajo en todas sus formas y por incumplimiento de las resoluciones que se dicten.
- Promover el perfeccionamiento y difusión de la legislación laboral.
- Asegurar al trabajador los derechos establecidos en la Constitución Nacional y Provincial y en los convenios ratificados de la Organización Internacional del Trabajo, promoviendo la igualdad de oportunidades y la eliminación del trabajo infantil.
- Fiscalizar el cumplimiento de la legislación vinculada con riesgos del trabajo, dictando las medidas que aseguren los derechos, la integridad psicofísica y la dignidad de los trabajadores.
- Transparentar el mercado de trabajo y procurar la observancia del derecho de los trabajadores a la información y consulta.
- Asegurar el cumplimiento de la legislación laboral, ejerciendo el poder de policía del trabajo.
- Proponer y ejecutar estudios e investigaciones sobre el mercado de trabajo, desarrollo económico, producción y tecnología y los requerimientos de capacitación de trabajadores estacionales.
- Gestionar a nivel Nacional e Internacional recursos destinados a financiar proyectos relacionados con la mejora del mercado de trabajo.
- Entender en el cumplimiento y aplicación de los convenios celebrados entre la Nación y la Provincia en materia de Higiene y Seguridad del Trabajo
- Aplicar las disposiciones legales relativas a la constitución y funcionamiento de las asociaciones profesionales y de trabajadores y en la organización del registro de las asociaciones de empleadores en el territorio de la Provincia.
- Entender en la ejecución de los planes y programas de trabajo, nacionales y/o provinciales, conforme a las directivas que imparta el Poder Ejecutivo Provincial.
- Presidir el Consejo Provincial del Trabajo y representar a la Provincia ante el Consejo Federal del Trabajo, de acuerdo a la normativa legal vigente
- Dictar y aplicar normas de control de gestión en el ámbito de su competencia, propendiendo a la elaboración de tableros de comando que permitan una evaluación instantánea de cada gestión, mediante sus pertinentes indicadores.
- Celebrar los convenios que correspondan según la normativa vigente en materia de su competencia.
ORGANISMOS DEPENDIENTES Y ENTES VINCULADOS
Fuente:
La información que se brinda en esta página es proporcionada por la Dirección General de Recursos Humanos y la Dirección General de Organización y Métodos.